Un total de 2.148 mipymes accedieron al beneficio de exoneración de multas en el Ministerio de Trabajo (Mtess), desde que se inició el proceso que lleva adelante la cartera de Estado para la formalización de este sector económico. Hasta la fecha la exoneración llega a más de 12.200 millones de guaraníes.
El director de Registro Obrero Patronal del Mtess, Rubén Roa, informó que en la última semana accedieron 48 mipymes a la exoneración de multas, aumentando así las cifras a 2.148 firmas beneficiadas con un total de 12.277.098.127 guaraníes. “El proceso de exoneraciones de multas a las mipymes no tiene una fecha de término, así que nosotros apostamos a que las empresas puedan aprovechar esta disposición, acercándose al Ministerio para informarse y formalizarse, ese es el objetivo que tenemos ahora mismo”, manifestó en conversación con Radio Nacional del Paraguay.
En ese contexto, explicó que son tres conceptos los que pueden generar multas tanto a una mipymes como a una empresa grande: inspección, informe del movimiento del colaborador, y presentación anual de las planillas laborales. “De 65.000 empresas que tenemos, aproximadamente el 30 por ciento de estas ya están categorizada. Necesitamos dos datos para establecer la categoría: la cantidad de empleados y el nivel de facturación de la misma”, señaló.
“Sabemos que las mipymes son el motor de la economía pero también sabemos que ahí está la mayor informalidad que tenemos”, subrayó.
En cuanto a la reactivación económica, sostuvo que casi todos los sectores se están recuperando, y que la exoneración de multas es una de las acciones para contrarrestar los efectos colaterales de la pandemia covid-19. Conforme a la resolución Nº 539/21 podrán ser beneficiadas las mipymes que no hayan realizado la inscripción patronal, presentación de planillas laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados. Al presentar el pedido deben indicar cual o cuales exigencias no cumplieron y requieren de la exoneración.
Las empresas deben remitir una nota dirigida al viceministro de Trabajo, Luis Orué, o al director de Registro Obrero Patronal, Rubén Roa, para solicitar la exoneración mencionando el RUC, nombre de la empresa y número patronal, firmada por los propietarios o representantes legales con copia de cédula de identidad.
Asimismo deberán presentar el último nivel de facturación anual de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), última planilla de pago a IPS, copia de constancia de RUC; sino cuentan con los documentos de la SET e IPS, pueden presentar la cédula mipymes. También deberán anexar copia de cuestionario del curso de capacitación aprobado por la Dirección de Registro Obrero Patronal, otro de los requisitos que se debe cumplir.
Las empresas que aún no están registradas y quieren acogerse al beneficio deberán inscribirse primero en este enlace. La presentación de los documentos para solicitar la exoneración se realiza a través de la mesa de entrada en línea que se encuentra en la página web del Mtess.
Por otro lado, en la última semana el Ministerio de Trabajo (Mtess), inscribió a 100 nuevas patronales y con esta cifra desde enero de este año hasta la fechas fueron registradas en la Dirección de Registro Obrero Patronal (REOP) de la cartera de Estado un total de 6.056 nuevas patronales, que emplean a 18.077 personas, de las cuales 10.763 son hombres y 7.314 son mujeres.
El decreto 8304 en su artículo 3, establece que todos los empleadores deben inscribirse en la Dirección de Registro Obrero Patronal en un plazo máximo de 60 días desde el inicio de la relación laboral. En el caso de que los empleadores habiliten también sucursales deberán inscribir a cada una de ellas.
Fuente: IP.