La Lic. María Zunilda Gómez, directora de Gestión Cooperativa, destacó la importancia del marco legal y la formación continua para fortalecer el liderazgo en el movimiento cooperativo, en el marco del Año Internacional de las Cooperativas 2025.
Gómez resaltó el valor de la educación cooperativa como base para el fortalecimiento institucional y dirigencial del movimiento cooperativo en Paraguay. Durante una entrevista, en el programa Poder Agropecuario 360, emitido por Unión R800 AM y Unión TV de lunes a viernes, de 05:00 a 06:00, bajo la conducción de Edith Orzusa y en el segmento Poder Cooperativo con Gabriel Giménez, explicó que la Ley 438/94, conocida como la Ley Marco de Cooperativas, establece los principios fundamentales para el funcionamiento de las cooperativas y dedica un capítulo especial a la formación y educación de sus miembros.

“Es importante recordar que la ley define claramente cómo deben organizarse las cooperativas y bajo qué responsabilidad recae la educación cooperativa. Cada consejo de administración, a través de sus comités de educación, tiene la obligación de promover la formación de los socios en valores, principios, gestión y liderazgo”, señaló Gómez.
Asimismo, explicó que el sistema cooperativo paraguayo se estructura en tres niveles: las cooperativas de base, que integran los diferentes sectores; las centrales o federaciones, consideradas de segundo grado; y las confederaciones, de tercer grado. Actualmente, el país cuenta con dos grandes confederaciones: la Confederación Paraguaya de Cooperativas (CONPACOOP Ltda.) y la Confederación de Cooperativas del Paraguay (CONCOPAR).
Gómez subrayó que la educación cooperativa no solo busca fortalecer los conocimientos técnicos y administrativos de los directivos, sino también su vocación de servicio.
“Ser dirigente cooperativo no es un cargo improvisado. Administrar los aportes de los socios requiere un perfil amplio, con formación técnica, conocimiento legal y una profunda vocación social. La responsabilidad de conducir una cooperativa es enorme y exige actualización constante”, enfatizó.
La especialista explicó además que los órganos de gobierno cooperativo —el Consejo de Administración, la Junta de Vigilancia y el Tribunal Electoral— son cargos electivos definidos en los estatutos de cada cooperativa y regulados por la Ley 438/94 y la Ley 5501/15.
Las asambleas generales ordinarias, que deben realizarse dentro de los 120 días posteriores al cierre de ejercicio (normalmente el 31 de diciembre), constituyen el espacio en el que los socios evalúan la gestión del consejo y ejercen el control democrático sobre su cooperativa.
En relación con el Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), Gómez recordó que se trata de la autoridad pública encargada de fiscalizar, controlar y regular el movimiento cooperativo. “Muchas veces se comete el error de decir ‘la INCOOP’, pero en realidad es el Instituto Nacional de Cooperativismo, un ente regulador, no una cooperativa”, aclaró.
Por otra parte, la profesional destacó que la ley también establece la creación del Fondo de Fomento de la Educación Cooperativa, al que se debe destinar el 10 % del excedente anual de cada cooperativa. Estos recursos son fundamentales para desarrollar programas de capacitación dirigidos a socios, dirigentes y funcionarios.
Finalmente, Gómez celebró la implementación de la Ley 6.099/2022, que incorpora la educación cooperativa en la malla curricular de la educación pública y privada desde el primer grado de la educación escolar básica.
“Hoy los niños paraguayos tienen la oportunidad de formarse desde pequeños en valores cooperativos. Esta medida, impulsada por el Ministerio de Educación junto con las confederaciones, permitirá que las futuras generaciones crezcan con una comprensión integral del cooperativismo”, destacó.
La directora de Gestión Cooperativa concluyó afirmando que la formación integral y permanente es el camino para fortalecer el liderazgo, la transparencia y la sostenibilidad del movimiento cooperativo en Paraguay.





